viernes, 24 de agosto de 2012

Intercambio de solsticios (430)

Y la contestación a la demanda de la argentina continuaba refiriéndose al capítulo de los vehículos. Y aseguraba el escrito de Cobo que Paula omitía en su alegato que, de los tres vehículos utilizados por la "unidad familiar¡, dos de ellos -los todo-terreno- lo estaban a nombre de ella y solo el tercero a nombre de Raúl. Desmontaba el escrito del representante legal de Brassens que el capítulo de ingresos de este tuviera una mayor entidad que el sueldo mensual que percibía de su actividad profesional. La argentina había realizado un calculo que excedía en un orden del 30% de la remuneración adjudicada a su todavía marido en su empresa. Añadía a ese concepto Cobo, la supuesta "fantasía" de la porteña al atribuir beneficios extraordinarios de Raúl, que no estaban acreditados de ninguna de las maneras. Y Paula pretendía que de esa supuestamente magnifica situación económica de su marido se derivaban los viajes que la pareja en compañía de su hija realizaban a Argentina. Era cierto que dichos viajes habían quedado suspendidos, -seguramente que debido a la distancia de la pareja, en especial de la que producía la porteña en relación con su marido a partir se la nueva relación con Pachito y no de la falta de recursos de su marido-. En todo caso, los únicos viajes que realizaban eran los desplazamientos a la localidad catalana y durante la temporada de aciones estivales. Señalaba la contestación también que, de los dos prestamos hipotecarios constituidos por el matrimonio, el de su vivienda se había cubierto a través de la venta de un inmueble adquirido con dinero privativo de Raúl Brassens, circunstancia que -aseguraba el escrito- conocía la demandante. Y que el crédito que pagaba el local comercial en el que Paula desarrollaba esta actividad seguía devengando una cuota mensual algo superior a los 400 euros. Una de las argumentaciones capitales de la aún señora de Brassens era que su marido disponía de alguna cuenta en el extranjero, supuesto que Cobo desmontaba de modo contundente. En su confusión, a la que se sumaba su ausencia de datos concretos, había incorporado a su demanda la argentina unos seguros de vida contratados a favor de la hija de Raúl, habida en el primero de sus matrimonios. Lo que sí incorporaba este en la contestación a la demanda era el contrato de alquiler que satisfacía Brassens a su hija de un apartamento en Londres. Y lo que también alegaba Brassens era que, del negocio que regentaba su mujer, nada se había entregado a la sociedad de gananciales por parte de esta.

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